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La extinción del contrato de arrendamiento.

Causas de extinción del contrato de arrendamiento de vivienda.

El transcurso del tiempo por el que se celebró es la primera de las causas de extinción.
Debe destacarse al respecto que, aunque las partes pueden acordar libremente su duración si se pactó por un tiempo inferior a 3 años, el arrendatario tiene derecho a continuar en la vivienda hasta agotar este término, si lo desea, sin que el propietario pueda oponerse.
Tanto el propietario como el arrendatario pueden solicitar la resolución del contrato de arrendamiento en aquellos casos en los que incumplan sus respectivas obligaciones.


La propiedad puede resolver el contrato en los siguientes supuestos más importantes:
• El arrendatario no paga la renta o la fianza.
• Subarrienda o cede a un tercero la vivienda sin consentimiento del propietario.
• Causa daños en la vivienda intencionadamente o realiza obras sin consentimiento del propietario.
• Realiza en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.


Por su parte, el arrendatario podrá resolver el contrato si la propiedad:
• No realiza las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad apropiadas.
• Perturba al arrendatario en la utilización de la vivienda.
Además, el arrendatario podrá resolver el contrato transcurridos los seis primeros meses, si avisa con dos meses de antelación.
 




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