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La Fianza en los Contratos de Arrendamiento.

Ante el aumento en Bilbao de los arrendamientos se trata de un aspecto a tener en cuenta.

 

Cuando se  firma un contrato de arrendamiento es una imposición de la ley que se constituya una fianza que el arrendatario está obligado a entregar al propietario por importe equivalente, normalmente, a una mensualidad de la renta pactada inicialmente.

La fianza sirve como garantía ante los posibles daños y desperfectos que el arrendatario cause en la vivienda y que no tengan que ver con el lógico y normal desgaste producido por el normal uso de las cosas.

El importe de la fianza se le devuelve íntegramente al inquilino cuando finaliza el contrato siempre y cuando entregue la vivienda al propietario en correcto estado. Si se hubiesen producido desperfectos, se descontarán los gastos de su reparación del importe de la fianza.

La fianza no puede destinarse al pago de mensualidades de renta, en el caso de utilizar la fianza para el abono de alguna de las últimas mensualidades, el propietario no tendría cantidad alguna con la que resarcirse de posibles desperfectos.

Si la fianza no se devuelve cuando finalice el contrato, el arrendatario podrá reclamar no sólo la devolución de su importe sino también la de los intereses que haya generado.

La fianza podrá ser actualizada una vez transcurridos los cinco primeros años de duración del contrato.

 




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