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Certificado de Eficiencia Energética.

La entrada en vigor para las viviendas de segunda mano en venta o alquiler continua pendiente

A partir del 1 de enero de 2013, debería ser obligatorio contar con un certificado de eficiencia energética emitido por un técnico habilitado para vender o alquilar una vivienda, pero 2012 termina sin que se haya aprobado el Decreto que haga que entre en vigor.
Esta exigencia, que llega desde Europa, es de esperar que sea recogida por el ministerio de Industria en un Real Decreto.
El “certificado de eficiencia energética”, que tendrá una validez de diez años, es un documento que describirá lo eficaz que es una vivienda en cuanto al consumo de energía. Hasta ahora en España sólo se exige un documento semejante para los edificios de nueva construcción – o grandes rehabilitaciones – pero Europa obliga a que este certificado lo posea toda vivienda que salga al mercado, tanto en venta como en alquiler y tanto si es nueva como si es de segunda mano.
La etiqueta clasifica cada inmueble con un código de color según una escala que va de la categoría “A” (la más eficiente) a la “G” (la menos eficiente), similar al que ya se utilizan en las viviendas nuevas o en los electrodomésticos.
El propietario de la vivienda, edificio o local será el responsable de obtener y abonar el coste de este certificado, obligatorio para poder vender o alquilar su casa.

 




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