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El contrato de señal.

Asegura la compraventa y es la mejor forma de evitar problemas

Cuando se adquiere un bien inmueble, bien sea vivienda o local, de manera previa a la escritura pública de compraventa ante Notario, es habitual y recomendable que las partes firmen un contrato de señal.


En el contrato de señal se pacta el mutuo compromiso de comprar y el de vender y además que si la compraventa no se lleva a efecto por causa del comprador perderá la cantidad entregada a cuenta, y por otro, si la compraventa no se realiza por causa del vendedor devolverá al comprador el doble de la cantidad recibida.


El importe habitual suele ser el 10% del precio de venta y se trata de una buena manera de asegurar la compraventa mientras transcurre el tiempo necesario para los trámites o el plazo requerido para producirse el traslado de la vivienda vendida.


El importe de la señal se considerará en la escritura de compraventa como cantidad entregada a cuenta del precio.

 





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